Contrato prestación de servicios para colaboradores- CTaxi PRO

Servicio de atención al cliente

Los COLABORADORES, tienen como finalidad prestar el servicio de transporte en taxi a través de su vehículo y conductores vinculados al mismo.

Que el colaborador cumple estrictamente con toda la normativa vigente que regula su actividad contando cada vehículo con licencia municipal de autotaxi, y el certificado de profesionalidad que le autoriza para el desempeño de la función de Taxista. Todo ello, en relación a lo indicado en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. Cada vehículo tendrá los correspondientes seguros obligatorios para el ejercicio de la actividad, según la normativa específica, vigente y de aplicación en la zona de prestación de servicio así como las revisiones periódicas del vehículo.

Que estando interesado/a el colaborador/a en la prestación de servicios a través de esta aplicación, pone a disposición de los usuarios a través de esta plataforma, su vehículo.

PRIMERO.- Que a los efectos del presente contrato, el responsable de los datos ha encomendado al COLABORADOR la prestación de los siguientes servicios:

  • Atender solicitudes de servicio de Taxi por parte de los usuarios de este tipo de transporte , a través de la APP CTAXI.
  • Cualquier otra actividad propia del servicio contratado

SEGUNDO.- Que para la prestación de dichos servicios es necesario que la entidad prestadora de servicio tenga acceso a las instalaciones donde se ubican los sistemas de información de cuyo tratamiento es responsable CRISPIN GUARDIOLA, S.L.

TERCERO .- Que en cumplimiento de la normativa vigente en Protección de Datos de Carácter Personal, ambas partes acuerdan libremente regular el acceso a los datos de carácter personal a los que sea necesario, en base a las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- Objeto del servicio

El prestador de servicio proporcionará el servicio de taxi  a los usuarios de la aplicación y clientes de CTAXI. La forma de recepción por el prestador de servicios  de los servicios solicitados por los usuarios de este tipo de transporte, será a través de la propia aplicación, la cual se descargarán los usuarios taxistas con el nombre de ctaxi pro, en la que se registrarán con un usuario y contraseña que le proporcionaremos.

El cliente entrara en la app y dira donde esta manual o automaticamente (por geolocalización), le saldrá cuanto tardara el taxista más cercano y el precio aproximado del servicio que quiere realizar. El prestador del servicio decidirá en ese momento si acepta o rechaza la petición.

El prestador de servicio puede tener acceso cuando sea necesario para prestar el servicio identificado en el expositivo PRIMERO a los datos personales de los que es responsable CRISPIN GUARDIOLA, S.L. derivado del acceso a las instalaciones titularidad del Responsable. Dicho acceso no se considerará comunicación de datos.

El COLABORADOR DEL SERVICIO se compromete a:

  1. Realizar los servicios requeridos por CTAXI, previa aceptación del mismo.
  2. A respetar la normativa y las tarifas vigentes marcadas por la administración competente.
  3. Gestionar las posibles incidencias que se den en la realización del servicio.
  4. Tratar todos los datos facilitados por CTAXI exclusivamente para el fin establecido en este contrato. Los datos serán tratados por el COLABORADOR de manera confidencial según el Reglamento 2016/679 de 27 de abril de 2016 (RGPD), Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

SEGUNDA.- Duración

El plazo de vigencia del presente contrato se establece en virtud del acuerdo mercantil que se ha formalizado entre ambas partes o hasta la finalización de dicha relación mercantil.  Inicialmente el presente contrato tendrá una duración de un año a contar desde la fecha de su firma, pudiendo prorrogarse automáticamente por períodos anuales sin ninguna de las dos indica lo contrario, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de terminación.

 TERCERA.- Obligaciones del COLABORADOR DE SERVICIO.

Según lo establecido en la normativa vigente el Protección de Datos Personales, el COLABORADOR DE SERVICIO y todo su personal deberá:

  1. a) Utilizar los datos personales a los que tenga acceso, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizarlos para fines propios.
  2. b) Tratar los datos personales únicamente siguiendo instrucciones documentadas del responsable. Si el prestador de servicio considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, el prestador de servicio informará inmediatamente al responsable.
  3. c) Llevar un registro de actividades de tratamiento en caso de tratar datos personales que supongan un riesgo para los derechos y libertades del interesado y/o de manera no ocasional, o que implique el tratamiento de categorías especiales de datos y/o datos relativos a condenas e infracciones.
  4. d) No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles. El prestador de servicio puede comunicar los datos a otros prestadores de servicio o encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación. Si el encargado debe transferir datos personales a un tercer país, informará al responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
  5. e) No subcontratar ninguna de las prestaciones que formen parte del objeto de este contrato, salvo los servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de los servicios del prestador de servicios. Si fuera necesario subcontratar algún servicio, este hecho se deberá comunicar previamente y por escrito al responsable, con una antelación de 15 días, indicando los servicios que se pretenden subcontratar e identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto. La subcontratación podrá llevarse a cabo si el responsable no manifiesta su oposición en el plazo establecido.

El subcontratista, que también tendrá la condición de prestador de servicio, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el prestador de servicio y las instrucciones que dicte el responsable. Corresponde al prestador de servicio inicial regular la nueva relación de forma que el nuevo prestador quede sujeto a las mismas condiciones y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del subcontratado, el prestador de servicio inicial seguirá siendo plenamente responsable ante el responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.

  1. f) Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto.
  2. g) Garantizar que las personas autorizadas para tratar/acceder a datos personales se hayan comprometido de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad o estén sujetas a una obligación de confidencialidad de naturaleza estatutaria y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
  3. h) Poner a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente artículo, así como para permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte del responsable o de otro auditor autorizado por dicho responsable.
  4. i) El prestador del servicio notificará al responsable de tratamiento sin dilación indebida y en cualquier caso antes del plazo máximo de 72 horas, las violaciones de la seguridad de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. No será necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación de seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas. Corresponde al Responsable de tratamiento comunicar las violaciones de seguridad tanto a la Autoridad de Protección de Datos (AGPD) como a los interesados.
  5. j) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
  6. k) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
  7. l) Tomar todas las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar las medidas de seguridad adecuadas al riesgo del servicio prestado y del acceso a datos necesario.
  8. m) Designar un Delegado de Protección de Datos cuando sea obligatorio según la legislación vigente y comunicar su identidad y datos de contacto al responsable.
  9. n) La adhesión del prestador de servicios a un código de conducta o un mecanismo de certificación que cumpla con lo establecido en el RGPD podrá utilizarse como elemento para demostrar la existencia de las garantías suficientes de cumplimiento con los requisitos de dicho RGPD.
  10. l) El prestador de servicio o colaborador prestará el servicio de taxi de acuerdo con las tarifas vigentes en cada momento establecidas por la normativa aplicable o la autoridad competente.

CUARTA.- Obligaciones y derechos del RESPONSABLE DE TRATAMIENTO

Según lo establecido en la normativa vigente en Protección de Datos de Carácter Personal el RESPONSABLE DE TRATAMIENTO deberá:

  • Permitir el acceso necesario al prestador de servicios a las instalaciones y sistemas de información necesarios para la prestación del servicio objeto de este contrato.
  • Aplicar las medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar y poder demostrar que es acceso es conforme a la legislación vigente.
  • Realizar las consultas previas que corresponda.
  • Velar de forma previa y durante todo el servicio, por el cumplimiento del RGPD por parte del prestador de dicho servicio.
  • Supervisar el servicio prestado y acceso a datos, incluida la realización de inspecciones y auditorias.

CRISPÍN GUARDIOLA, S.L. será responsable de facturar al dueño de la licencia los servicios mensuales realizados por ésta. Del 1 al 5 de cada mes se enviará la factura por el medio que se acuerde y el pago se realizará a través de domiciliación bancaria el 10 de cada mes. El importe facturado irá en relación al precio por kilómetro establecido en cada una de las provincias (se cobrará el precio del km estipulado en cada provincia por el número de servicios realizados a través de la APP CTAXI).

 QUINTA.- Transferencia Internacional de Datos

Las Transferencias Internacionales de Datos personales sólo podrán realizarse si se cumplen con las exigencias recogidas por la Agencia Española de Protección de Datos, o cualesquiera otra normativa nacional o comunitaria que las regulen.

En el caso de que se realicen o se tenga previsto realizar alguna Transferencia Internacional de Datos se deberá regular este tipo de tratamiento de forma independiente al presente contrato de prestación de servicios, el cual será vinculante entre las partes.

SEXTA.- Rescisión, resolución y extinción

La rescisión, resolución o extinción de la relación contractual de prestación de servicios entre el responsable de tratamiento y el prestador de los mismos, obligará a este último a conservar los datos de carácter personal facilitados por el primero (si procede), siempre que exista la obligación legal de conservación.

Una vez transcurrido el plazo establecido para cubrir las responsabilidades legales, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Responsable de Tratamiento, al igual que cualquier soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal (si procede).

Válido a partir de Mayo 2024